sábado, 24 de mayo de 2014

Marco legal del cooperativismo en Venezuela y las 5 leyes del poder popular


UNIVERSIDAD DE ORIENTE
NÚCLEO MONAGAS
ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
COOPERATIVISMO
SECCIÓN 03



Marco legal del 
cooperativismo en 
Venezuela y las 5 leyes 
del poder popular




Profesor:                                                                                             Bachiller:
José Puente                                                                                                     Lara, Johanna
                                                                                                                          C.I.: 21351098




Maturín, mayo del  2014
Conceptos previos
Cooperativismo
Es una doctrina socio económica que promueve la organización de las personas para satisfacer sus necesidades. El cooperativismo está presente en todos los países del mundo, le da la oportunidad a los seres humanos de escasos recursos tener una empresa de su propiedad junto a otras personas. Uno de los propósitos de este sistema es eliminar la explotación de las personas por individuos o empresas dedicados a obtener ganancias.
 Cooperativa
es una asociación de personas que se han agrupado voluntariamente para lograr un objetivo común, mediante la constitución de una empresa, democráticamente dirigida, aportando una cuota equitativa del capital necesario y aceptando una justa participación en los riesgos y en los frutos de esa empresa, en cuyo funcionamiento los miembros participan activamente.
Cooperativista
 Es un socio participa desde el momento de su incorporación a la cooperativa en cada una de las etapas por las que atraviesa la promoción a través de las asambleas generales, o de las juntas especiales" de socios cuando existen varias promociones o fases de la misma cooperativa.
Cooperación
Se llama cooperación a la práctica de los individuos o grupos que trabajan en común, con objetivos, y posiblemente métodos, acordados previamente, y en las que el éxito de un individuo es dependiente y contingente del éxito de los demás. La cooperación es la práctica opuesta a la de quienes trabajan por separado o en competencia mutua.
5 leyes del poder popular
Ley orgánica del poder popular
Ejemplo: las organizaciones, expresiones y ámbitos del Poder Popular
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y consolidar el Poder Popular, generando condiciones objetivas a través de los diversos medios de participación y organización establecidos en la Constitución de la República, en la ley y los que surjan de la iniciativa popular, para que los ciudadanos y ciudadanas ejerzan el pleno derecho a la soberanía, la democracia participativa, protagónica y corresponsable, así como a la constitución de formas de autogobierno comunitarias y comunales, para el ejercicio directo del poder.
Ley orgánica de planificación pública y popular
Ejemplo: Los institutos públicos
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas, a fin de garantizar un sistema de planificación, que tenga como propósito el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para la construcción de la sociedad socialista de justicia y equidad.
Ley orgánica de contraloría social
Ejemplo: Administración Pública
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, mediante el establecimiento de las normas, mecanismos y condiciones para la promoción, desarrollo y consolidación de la contraloría social como medio de participación y de corresponsabilidad de los ciudadanos, las ciudadanas y sus organizaciones sociales, mediante el ejercicio compartido, entre el Poder Público y el Poder Popular, de la función de prevención, vigilancia, supervisión y control de la gestión pública y comunitaria, como de las actividades del sector privado que incidan en los intereses colectivos o sociales.
Ley orgánica del sistema económico comunal
Ejemplo: aplicables a las comunidades organizadas, consejos comunales, comunas y todas las instancias y expresiones del Poder Popular
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas, principios, y procedimientos para la creación, funcionamiento y desarrollo del sistema económico comunal, integrado por organizaciones socio productivas bajo régimen de propiedad social comunal, impulsadas por las instancias del Poder Popular, del Poder Público o por acuerdo entre ambos, para la producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos, en pro de satisfacer las necesidades colectivas y reinvertir socialmente el excedente, mediante una planificación estratégica, democrática y participativa.
Ley orgánica de las comunas  
Ejemplo: consejos comunales
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad local donde los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio del Poder Popular, ejercen el pleno derecho de la soberanía y desarrollan la participación protagónica mediante formas de autogobierno para la edificación del estado comunal, en el marco del Estado democrático y social de derecho y de justicia.
En Venezuela a partir de la entrada en Vigencia la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas el 18 de septiembre de 2001, se multiplicó hasta nuestros días de una manera histórica la conformación de empresas cooperativas, muchas de ellas han sido creadas sin un conocimiento especifico acerca de las bases legales que lo regulan, ya que el objetivo principal que ha motivado para su creación han sido primordialmente: a. El Incentivo Fiscal. (La exención de impuestos) b. El Otorgamiento de créditos. c. La Obtención de Contratos otorgados con preferencias a las cooperativas, Tenemos tres fuentes principales en el derecho cooperativo venezolano:
Ø  La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ø  La Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
Ø  Las Providencias Administrativas.
Las dos primeras son más conocidas entre los cooperativistas, pero las providencias administrativas tienden a ser en su contenido desconocidas por la mayoría y actualmente cuando pretenden obtener contratación con el Estado se encuentran que deben presentar la certificación de cumplimiento, y el primer obstáculo es la falta de cumplimiento con lo dispuesto en las Providencias Administrativas por desconocimiento de las mismas.
Además, El Artículo 8 de la Ley de Cooperativas, menciona que las cooperativas y sus formas de coordinación, asociación e integración se regirán por la Constitución, esta Ley y su reglamento, por sus estatutos, reglamentos y disposiciones internas y en general, por el Derecho Cooperativo. Supletoriamente se aplicará el derecho común, en cuanto sea compatible con su naturaleza y principios y en última instancia, los principios generales del derecho.
Comparacion del marco legal
Asociacion cooperativa aseguradores internacionales seguro de vehiculos (AIRS) R.S
Fue ceada el 9 de febrero de 2007 iscribiendola en SUNACOOP y el 9 de septiembre de  2010 fue insrita en la superintendencia de seguros (actualmente Superintendencia de la Actividad Aseguradora).
La previsora
El 8 de julio de 1936 fue inscrita en el Registro de Empresas de Seguros de la Fiscalía de Seguros del Ministerio de Fomento (actualmente Superintendencia de la Actividad Aseguradora).
5 herramientas del saber
1.      Emprendimiento
¿Cómo se da el emprendimiento?
Queremos ser la mejor alternativa que garantice sus compromisos de seguros sobre la base de un servicio extraordinario. Promoviendo el desarrollo personal, familiar y económico de nuestros empleados y fuerzas de venta transcendiendo la simple prestación de servicio financiero e incentivando el desarrollo social y cultural de nuestros asociados
¿Emprenden nuevos retos y proyectos?
Siempre se están creando nuevos puntos de venta
2.      Planificación estratégica
¿Quién ejerce la dirección general?
La presidencia y los socios.
3.      Clima organizacional
¿Cómo se siente con su trabajo y con su lugar de trabajo?
Se sienten conforme con su remuneración, pero se sienten incomodas con el calor y  la extrema cercanía de la competencia. 


4.      Modelo de negocios
¿Cuál es el propósito de la empresa?
Ajuste y pronto pago de siniestros. “no vendemos seguros, aseguramos a nuestros usuarios” ¿Cuáles es el objetivo?
Desarrollar y comercializar productos para la previsión de riesgos en todos los estratos de la población, con alta calidad y precios racionables dentro de la filosofía cooperativista.

¿Cuál es la estructura organizacional de la empresa?









5.      Cadena de valor

  

miércoles, 12 de febrero de 2014

El movimiento cooperativista

El problema de la rentabilidad o no de las cooperativas, es la conciencia con que se asuma su misión y visión, en el marco de las relaciones de producción modernas. Desde el inicio de la humanidad la cooperación ha sido un principio de intercambio vital que ha desempeñado un papel relevante en la existencia de los seres vivos. Particularmente, los animales por intuición y los seres humanos por socialización siempre han necesitado a sus semejantes para enfrentar las vicisitudes impuestas por el contexto de sobrevivencia. En este sentido, la sobrevivencia evolutiva de la especie animal nos brinda muchos ejemplos de cómo agrupándose es la única posibilidad de existir frente al peligro natural existente.

En este propósito, al comienzo de la civilización, los hombres explotaban la tierra en forma colectiva, siendo los medios de trabajo y los productos obtenidos también de carácter colectivo, convirtiendo de esta manera el trabajo en un acto de cooperación, logrando así la sedentarización necesaria, que hizo posible el paso ascendente del hombre desde la prehistoria hasta el proceso civilizatorio.

Igualmente, a través del transcurrir histórico en diversos contextos de los albores de la civilización se encuentran variadas manifestaciones organizativas de tipo grupal en la que los individuos, utilizando como medio la ayuda mutua, buscaban fortalecer sus intereses comunes. La necesidad de brindar protección a sus intereses hizo posible la constitución de asociaciones, las cuales constituyeron el germen de las instituciones de solidaridad.

Es así que en Egipto, los artesanos se organizaron en una asociación para darle protección a sus actividades; Los fenicios aseguraban entre sí sus mercancías, antes del intercambio comercial desarrollándolo a través del transporte. Este tipo de asociación podemos decir que se constituyó en el inicio de la cooperación en materia de seguros cooperativos; organizaciones para la explotación de la tierra en común en Babilonia. Se conoce la existencia de los “undestabings” cooperativos cuya función era la recepción, intercambio y comercialización de productos de origen agrícola y de las sociedades de crédito, para luchar contra los préstamos especulativos.

Del mismo modo, en China se conoció la existencia de asociaciones cooperativas para el ahorro y el préstamo; Sociedades funerarias. En Roma y Atenas existieron formaciones organizativas para la cooperación, cuya función era la de ayudar a todas las personas; Los ágapes de los primeros cristianos como forma primitiva de las cooperativas de consumidores; vida agraria entre los germanos; Organizaciones agrarias y de trabajo entre los pueblos eslavos: el Mir y el Artel entre los Rusos, la Zadruga de los Serbios; Agrupaciones de los campesinos para la transformación de la leche: queserías de los armenios y de los campesinos europeos de los Alpes, del Jura y de Saboya.

En este aspecto, existieron las organizaciones para el cultivo de la tierra y el trabajo entre las civilizaciones precolombinas, principalmente entre los Incas (Ayllú) y los Aztecas (Calpulli) también la Minga y el Convite. Las reducciones de los Jesuitas en el Paraguay; Las cajas de la comunidad en la época de la colonización española en América; Las colonias con carácter religioso de los inmigrantes en América del Norte; entre otras.

En el mismo orden de ideas, las comunidades indígenas venezolanas desarrollaban su trabajo en forma colectiva. Por ejemplo, los Yanomani y los grupos indígenas asentados en el Valle de Quibor, en el Estado Lara, trabajaron la agricultura en forma colectiva. Los instrumentos de trabajo eran de propiedad comunitaria y la distribución de la cosecha equitativa. La cayapa o forma de trabajo colectivo para lograr un beneficio común, es una expresión de organización de nuestras comunidades indígenas. Estas manifestaciones constituyen las raíces del Cooperativismo Venezolano.

Es por ello, que con la evolución de las actividades desarrolladas, por las asociaciones cooperativistas antes mencionadas, se concretaron formas organizativas para la solución de problemas de carácter económico y social por parte de diversos sectores, practicando la ayuda mutua y la solidaridad, conformándose de esta manera actos pre cooperativos.En este sentido, desde la antigüedad pasando por la edad media, los grupos humanos más desposeídos motivados por la necesidad de transformar su realidad socioeconómica continuaron buscando formas organizativas que coadyuvaran a ello, esto los enfrentó a las diferentes formas de poder existentes que pretendían perpetuarse a través del trabajo y del esfuerzo de las poblaciones explotadas. Originando que las organizaciones creadas asumieran diferentes matices ideológicos y se plantearan diferentes métodos de lucha, que dentro del proceso que se denominó revolución industrial se radicalizaran las contradicciones que dieron origen a ideas sobre un régimen social ideal y una sociedad más justa o régimen social superior.

Es importante destacar, que este cuerpo histórico de eventos se ha revalorizado en el contexto sociopolítico de la Venezuela contemporánea, en donde la interpretación constitucional (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, CRBV, 1999) orienta hacia una sociedad protagónica, auto determinada, cogestionada y cooperativa; erigiendo el modelo de unidad de producción como el epicentro local para la fundación de propuestas cooperativistas que vengan a solucionar necesidades de servicio y productos en las comunidades, a precios solidarios y bajo un concepto de ganancia equilibrado, en el cual la responsabilidad social de los ciudadanos garantice la repartición equitativa de recursos.

Así mismo, se plantea, en la CRBV, que el proceso educativo además de ser democrático tiene que ser flexible; tiene que estar acorde con las necesidades reales del país, adaptarse a ellas y hacer suyos los recursos disponibles y proponer alternativas para las decisiones. En todo momento tiene que ser un proceso abierto, de participación, donde se brinde igualdad de oportunidad para todos, sin excluidos ni incluidos.

¿Cuál es el valor de la enseñanza en el tema cooperativista en el proceso educativo bolivariano? La respuesta es rescatar el sentido humano de las fuerzas de producción, con la idea de devolverle a humanidad, al hombre, la finalidad de hallarse inmerso en un mundo al cual no pidió venir, pero que estando en él no puede reducirse al simple hecho de nacer, crecer, desarrollarse, reproducirse y morir. Y hacia el plano social, reconstruir una nueva sociedad. Cabe citar las palabras de la estudiosa en temas de ética y moral ciudadana, Victoria Camps, en cuanto a que “…educar las cosas buenas y humanas de la cooperación, es acicalar el carácter, en el sentido más extenso y total del término: formar el carácter para que se cumpla un proceso de socialización imprescindible, y formando para promover un mundo más civilizado, crítico con los defectos del presente y comprometido con el proceso moral de las estructuras y actitudes sociales”.

En un aspecto concreto, la crisis que muchos llaman “integral”, puesto que afecta todas las estructuras de la sociedad (políticas, económicas, sociales, culturales, educativas), no solamente incide en lo nacional, sino que también en el mundo oriental, como el occidental, se ven amenazados por esta ausencia de valores humanos, y es por ello que hoy en día se habla de unos valores globalizados, es decir, que abarca por completo las dimensiones locales, regionales e internacionales de la sociedad en sus aspectos educativos, culturales, en busca de reorientar el sentido y armonía de la vida del hombre. El pensamiento cooperativista se erige en este andamiaje de contradicciones como una esperanza aún válida, aunque algunas voces lo tilden de improductivo, inviable, ausente de ese éxito que garantizan las empresas u organizaciones que viven de la explotación del hombre por hombre.

Por:  




https://www.facebook.com/CooperativismoGrhUdoMonagas?ref=tn_tnmn
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jueves, 6 de febrero de 2014

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Posted by Miladis Teherán Acevedo |


Un blog es un sitio Web en donde uno o varios autores desarrollan contenidos. Los blog también se conocen como weblog o cuaderno de bitácora. La información se actualiza periódicamente y, de la misma forma, los textos se plasman en forma cronológica; primero aparece el más recientemente escrita. 

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Otra característica de los Blog es que suelen tener una temática específica. El autor escribe con total libertad y la temática es particular, los hay de tipo personal, periodístico, empresarial o corporativo, tecnológico, educativo (edublogs), políticos, etc.



Un blog: anotaciones personales

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